El ruido ha vuelto a ser protagonista
de un litigio del Ayuntamiento de Bilbao contra quien considera que
ha vulnerado la ordenanza de protección de medio ambiente. El
Juzgado de lo Contencioso número 1 de la ciudad ha avalado las tesis
de la concejalía de Urbanismo en el pleito que mantenía contra Renfe
por superar el nivel de decibelios permitido en la estación de
Abando, a cuenta de unas obras ejecutadas en horario nocturno. La
sentencia confirma la sanción de 600 euros impuesta por el área que
gestiona Julia Madrazo a la compañía ferroviaria, en este caso, a
Infraestructuras Ferroviarias Adif.
La resolución tiene una
doble lectura. La parte quizá más anecdótica reside en que se trata
de la segunda vez que Renfe resulta sancionada por el mismo motivo,
a raíz de una denuncia tramitada ante el Consistorio por el mismo
vecino, habitante de la calle Hurtado de Amézaga, junto a la zona en
obras señalada. Pero lo más importante, según fuentes municipales,
consiste en que un juez reitera que la contaminación acústica afecta
a la salud, sobre todo en horario de descanso. Además, apuntan los
mismos medios, se consolidaría un argumento esgrimido por el
Consistorio: que una empresa de carácter estatal como es Renfe tiene
que respetar las normativas municipales sobre ruidos.
48
decibelios
Los hechos se remontan a primeros de
diciembre de 2004, cuando un vecino se quejó del exceso de
decibelios que tenía que soportar por unas obras cerca de la
estación. En concreto, la compañía ferroviaria trabajaba en la
alineación y nivelado de las vías. Alertada por el residente, la
Policía Municipal midió a las dos de la madrugada el nivel de ruidos
en la vivienda del afectado: los aparatos obtuvieron hasta 48
decibelios, cuando la ordenanza autoriza un máximo de 30. Por este
motivo, Urbanismo impuso una sanción de 600 euros a la empresa, que
la recurrió.
En una resolución dictada el 14 de julio de
2006, el juzgado desestima el recurso y ampara las actuaciones
municipales. La firma ferroviaria alegó que se le multaba «por
infracción de un día concreto» y defendió «el principio de buena
fe». Finalmente, el juez sostiene que la Administración está
obligada a velar para que los ciudadanos no sufran «un medio
ambiente deteriorado por la contaminación acústica que pueda afectar
a su propia integridad física».
Este es básicamente el mismo
argumento que empleó la Justicia para resolver el conflicto
anterior, de octubre de 2003. En aquella ocasión, Renfe alegó que
realizaba las obras de noche para no alterar la circulación de
trenes por el día. Entonces, la concejalía dirigida por Julia
Madrazo replicó que no había avisado con antelación de los trabajos
nocturnos para prevenir al vecindario y que los niveles de ruido
eran «absolutamente intolerables para el necesario descanso de los
vecinos». Por ello, le impuso una multa de 900 euros, ratificada
también por el juez.